Quiénes deben implementar el Plan Estratégico de Seguridad Vial
La Resolución 1565 de 2014, en su Artículo 1, dice que está obligada a implementar el Plan Estratégico de Seguridad Vial “toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate, o administre flotas de vehículos automotores o no automotores superiores o diez (10) unidades, o contrate o administre personal de conductores”.
Más adelante, en el título 6 “Alcance”, señala que: “Si como organización, empresa o entidad poseo, fabrico, ensamblo, administro más de 10 vehículos automotores o no automotores, conductores, estoy obligado a adoptarlo, (Artículo 12 Ley 1503 de 2011)”.
Estos apartes de la Resolución 1565 de 2014 han causado cierta confusión. Muchos han interpretado que solo están obligadas a implementar el Plan Estratégico de Seguridad Vial, aquellas organizaciones que tienen más de 10 vehículos, o más de 10 conductores de automotores
Sin embargo, el texto indica que la norma aplica sobre “flotas de vehículos automotores o no automotores”, lo que incluye carros, motos, bicicletas, etc. Así mismo, señala que quedan cobijadas las entidades que contraten o administren “personal de conductores”. Esto quiere decir que si en la empresa hay más de un conductor, que desarrolle actividades o utilice cualquier tipo de vehículo para cumplir fines misionales de la organización, entonces debe implementar el Plan Estratégico de Seguridad Vial
La Resolución 1565 de 2014 y el Plan Estratégico de Seguridad Vial
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