viernes, 27 de diciembre de 2019

Actualización Curso 20 Horas SGSST

Mintrabajo presenta propuesta del curso de 20 horas en el SGSST
La Resolución 4927 de 2016 establece en su artículo 16 que el curso virtual de 50 horas en el SGSST tiene una vigencia de 3 años y que pasado este tiempo, se debe realizar un curso de 20 horas en el SGSST.  El Ministerio del Trabajo ha dispuesto en su página web un proyecto de resolución por medio del cual se establecerán las características del curso de 20 horas en el SGSST. 



Consulte el proyecto de resolución del curso de 20 horas en seguridad y salud en el trabajo.

Cambios a la Resolución 4927 de 2016

El proyecto de resolución para establecer como será la actualización del curso de 50 horas del SGSST, modificará la Resolución 4927 de 2016 por la cual se establecen los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar y registrar la capacitación virtual en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Los principales cambios que plantea el proyecto de resolución se presentan en la siguiente tabla.

ARTÍCULO
TEXTO RESOLUCIÓN 4927 DE 20016
TEXTO PROYECTO DE RESOLUCIÓN (RESUMEN)
Artículo 1. Objeto
Define los parámetros y requisitos para el curso virtual de cincuenta (50) horas
Define los parámetros y requisitos para el curso virtual de cincuenta (50) horas y sus actualizaciones
Artículo 3. Oferentes
El alcance de los oferentes es para impartir el curso gratuito de 50 horas
Se amplía el alcance de los oferentes para impartir el curso de 50 horas y sus actualizaciones
Artículo 9. Inscripción en el registro
Establece que los oferentes solo podrán emitir certificados del curso de 50 horas después de obtener la aprobación de la inscripción en el registro
Establece que los oferentes solo podrán emitir certificados del curso de 50 horas  y sus actualizaciones, después de obtener la aprobación de la inscripción en el registro
Artículo 12. Registro de los certificados
Todos los certificados del curso de 50 horas deberán quedar registrados en un aplicativo.
Se amplía el alcance al curso de 50 horas y sus actualizaciones.

Se aclara que el aplicativo donde se registrarán los certificadas estará en la páginas fondoriesgoslaborales.gov.co
Artículo 16. Actualización de la capacitación virtual.
Establece que el curso de 50 horas tiene una vigencia de 3 años y que después se debe hacer el curso de 20 horas.

Mantiene la vigencia del cuso de 50 horas en tres años, conserva la obligación de realizar un reentrenamiento de 20 horas.
Incluye el temario del curso de 20 horas
Artículo 16. Parágrafo 1
Este parágrafo no existe en el artículo 16 de la Resolución 4927 de 2016
Se establece que el quienes tengan una valoración de satisfactorio en el curso de 20 horas, tendrán un certificado.
Artículo 16. Parágrafo 2
Este parágrafo no existe en el artículo 16 dela Resolución 4927 de 2016
Se establece que para tomar el curso de 20 horas es prerrequisito haber cursado el curso de 50 horas.
Artículo 16. Parágrafo 3
Este parágrafo no existe en el artículo 16 dela Resolución 4927 de 2016
Los participantes que han aprobado el curso podrán ser consultados la página web

www.fondoriesgoslaborales.gov.co

Temario propuesto para el curso de 20 horas en el SGSST


La mayoría de cambios que presenta el proyecto de resolución están asociados con incluir las actualizaciones del curso de 50 horas, esas actualizaciones no hacen referencia a que se modifique el curso virtual de 50 horas existente, sino que se refieren al reentrenamiento de 20 horas que se debe hacer cada 3 años.  La mayor novedad del proyecto de resolución se encuentra en el temario del curso de 20 horas. A continuación replicamos el contenido de este curso, de acuerdo con el proyecto de resolución. Recuerde que la Resolución definitiva aun no ha sido expedida y que todos los ciudadanos pueden enviar comentarios sobre este proyecto de acto administrativo.



MÓDULOS
HORAS
TEMAS
I. Verificación del conocimiento de contenidos del SGSST en empresa y del cumplimiento de los estándares mínimos
7

  1. Lista de chequeo/autoevaluación de contenidos y productos de la organización y planificación del SG-SST.
  1. Revisión de la Política del SG SST
  1. Revisión de los Objetivos General Específicos del SG-SST.
  1. Revisión de la Gestión de los peligros y riesgos de la empresa – Condiciones de Trabajo
  1. Revisión de la Gestión de exámenes médicos ocupacionales – Ausentismo – Condiciones de Salud.
  1. Revisión de indicadores y de estándares mínimos del SG-SST
II. Construcción del Plan de mejora continua del SG-SST
11

  1. Identificación de No conformidades y su análisis
  1. Definición de acciones correctivas
  1. Definición de acciones preventivas
  1. Construcción del plan anual del SG-SST
III. El Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV
2

  1. Generalidades del PESV
  1. Definición de acciones preventivas
  1. Construcción del plan anual del SG-SST

Análisis del proyecto de resolución

Al realizar una lectura completa al proyecto de resolución para el curso virtual de 20 horas en el SGSST y dar una nueva lectura a la Resolución 4927 de 2016, son más las dudas que deja este proyecto de resolución que las respuestas que otorga. 

Algunos puntos de interés sobre la capacitación virtual gratuita en seguridad y salud en el trabajo: 

- Desde la Resolución 4927 de 2016 se habla de un aplicativo de Mintrabajo. Tres años después, el único “avance” es que estará disponible en la página del Fondo de Riesgos Laborales. La resolución no establece cómo se validarán los certificados existentes mientras el aplicativo está disponible.

- Se habla del curso de 20 horas en el SGSST como una actualización del curso de 50 horas, sin embargo el término es confuso, muchas personas están realizando el curso de 50 horas por primera vez y algunos oferentes continúan hablando en sus contenidos de la Resolución 1111 de 2017 (que está derogada).

- Se establece que para hacer el curso de 20 horas se debe haber realizado primero el curso de 50 horas, pero deja abierta la opción de que los oferentes limiten el acceso al curso de 20 horas a solo los estudiantes que hayan realizado el curso de 50 horas con ellos. En este momento queda la duda de si las ARL verificarán con el sistema de Mintrabajo este prerrequisito.

- No es claro si el registro como oferente autorizado de 50 horas, automáticamente da derecho a poder ser oferente del curso de 20 horas. ¿Podría un nuevo oferente pedir un registro de autorización solo para el curso de 20 horas?

- La resolución no establece plazos para tener el curso disponible al público, tampoco establece si es obligatorio que los oferentes existentes tengas el curso virtual de 20 horas para responsables de la seguridad y la salud en el trabajo.

- El temario del curso virtual de 20 horas en el SGSST incluye el Plan Estratégico de Seguridad Vial, sin embargo ese sistema no es requisito para todos los empleadores y contratantes. ¿Sería más adecuado incluir un módulo de actualización normativa? Para nadie es un secreto que en 3 años son muchas las normas referentes a riesgos laborales y áreas afines que cambian en Colombia.

- El módulo 2 del curso de 20 horas en seguridad y salud en el trabajo está orientado a identificar no conformidades, acciones correctivas y preventivas y posteriormente a la elaboración de un plan de trabajo. ¿Son 11 horas el tiempo adecuado para estos temas?

Mintrabajo continua con la idea de que el curso virtual de 50 horas y sus actualizaciones sean las mismas para todos. Para cualquier persona que conozca de pedagogía y educación es claro que no se pueden dar los mismo temas ni el mismo nivel de profundidad a un trabajador que inicia como miembro del COPASST que a un profesional o especialista en seguridad y salud en el trabajo con más de 10 años de experiencia en el sector. 

El Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) siempre ha estado como uno de los oferentes potestativos, pero no aparece en la lista de los oferentes con registro autorizados. La Resolución expresa en su artículo 9: “Los oferentes de capacitación únicamente podrán ofrecer el programa de formación y expedir las certificaciones correspondientes, a partir de la fecha de aprobación de la inscripción en el registro y mientras esta se encuentre vigente”. Entonces, ¿no son válidos los certificados emitidos por el SENA desde noviembre de 2016 hasta la fecha? 

Continuando con el artículo 9, se menciona que la inscripción en el registro tiene vigencia ¿Cada cuánto tiempo debe un oferente autorizado para impartir del curso de 50 horas renovar su registro?

El curso de 50 horas del SG-SST debe ser tomado por todos los responsables del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin importar si se cuenta con licencia o no.  Hasta noviembre de 2016, el curso era ofrecido por el SENA, pero a partir de la Resolución 4927 de 2016 el Ministerio de Trabajo obligó a las ARL a ofrecer el curso para sus afiliados y permitió que otras entidades como universidades, gremios y empresas privadas ofrezcan el curso virtual.
Autorizado para ofrecer el curso de 50 horas

Para poder ofrecer el curso, las entidades, empresas y organizaciones, deben cumplir con todos los requisitos de la Resolución 4927 de 2016 y recibir aprobación por parte del Ministerio de Trabajo.


¡Atención! Si el certificado del curso de 50 horas no es emitido por un prestador del servicio de capacitación autorizado, este no será válido.

En la página del Fondo de Riesgos Laborales se podrá consultar cuáles son os oferentes que pueden dar este curso. Recuerde que el curso es gratuito, ningún oferente podrá cobrar por este servicio educativo.

viernes, 2 de agosto de 2019

PESV

PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL


 Con la expedición de la Ley 1503, el Ministerio de Transporte de Colombia estableció la obligación de realizar un Plan Estratégico de Seguridad Vial para cualquier empresa cuya actividad se relaciones con poseer, fabricar o ensamblar vehículos automotores, o que los comercialice, realice contratos o administre flotas de automotores superiores a 10 vehículos.

Tal y como os contábamos el otro día en el blog, el próximo 6 de junio es el último día para presentar estos planes.

Ahora, mediante la Resolución 1231 de 2016, el Ministerio ha emitido una guía de evaluación para los distintos planes estratégicos de seguridad vial, tanto de empresas del sector privado, como del público.  Se trata de un instrumento que establece los parámetros mediante los que las Autoridades de Tránsito de todo el país podrán verificar su las empresas, entidades y organizaciones están desarrollando correctamente el Plan Estratégico de Seguridad Vial.

PILARES DE EVALUACIÓN
Se han establecido cinco pilares básicos de evaluación que corresponden al fortalecimiento de la gestión institucional, al comportamiento humano, vehículos seguros, infraestructuras seguras y atención a víctimas. En cada uno de estos pilares se evaluarán los siguientes parámetros:

Fortalecimiento de la gestión institucional

Objetivos del Plan Estratégico de Seguridad Vial. ¿Se ha fijado un objetivo claro, concreto y realizable? ¿Los objetivos específicos se ajustan al objetivo general y, de realizarse, se cumpliría con los propósitos? ¿Existe un documento que indique el compromiso de las directivas, para el desarrollo del PESV?

Comité de seguridad vial. ¿Existe un acta de conformación del comité de seguridad vial? ¿Está definido su objetivo? ¿El comité ha sido definido por la alta dirección? ¿Los integrantes del comité tienen relación con las labores y planes de acción inherentes al PESV? ¿Está definida la frecuencia de las reuniones del comité de Seguridad Vial?

Responsable del Plan Estratégico de Seguridad Vial. ¿se ha designado un responsable del proceso de elaboración y seguimiento del PESV? ¿El responsable es idóneo para el desarrollo, implementación y seguimiento del PESV y de todas las acciones contempladas en éste?

Política de seguridad vial. ¿Existe un documento que permita identificar la política de seguridad vial de la empresa? ¿Existe una política de seguridad vial documentada? ¿Se adecúa al propósito de la organización? ¿Proporciona un marco de referencia para el establecimiento de los objetivos y las metas del PESV? ¿Incluye el compromiso de cumplir los requisitos aplicables y la mejora continua?

Divulgación de la política de seguridad vial. ¿Existe evidencia de su divulgación, como página web de la compañía, retablos en las instalaciones de la compañía u otros? ¿Existe evidencia de que se ha informado al personal sobre el PESV y la política de seguridad vial?

Diagnóstico: caracterización de la empresa. ¿Está descrita la actividad económica que realiza la empresa? ¿Está documentado el análisis de la empresa, su contexto, actividades, su personal, desplazamientos, etc.? ¿Están definidos los servicios que presta la compañía? ¿Está definida la población de personal que hace parte de la compañía? ¿Están definidos los vehículos automotores y no automotores puestos al servicio de la compañía= ¿Están definidas las ciudades de operación de la organización? ¿Están documentados los mecanismos de contratación de los vehículos? ¿Están documentados los mecanismos de contratación de conductores?

Diagnóstico: riesgos viales. Factor humano, factor vehículos, infraestructura segura, atención a víctimas.

Planes de acción de riesgos viales. ¿Se han definido planes de acción para el factor humano, factor vehículos, infraestructura segura y atención a víctimas? ¿Los planes de acción propuestos describen la viabilidad para su implementación?

Implementación de acciones del PESV. ¿Existe un cronograma de implementación de los planes de acción? ¿El cronograma tiene fechas definidas para la implementación de los planes de acción? ¿Los planes tienen responsables definidos dentro de la organización? ¿Se ha definido un presupuesto para la implementación de los planes de acción?

Seguimiento y evaluación de planes de acción del PESV. ¿Se han definido indicadores para la implementación de las acciones del PESV? ¿Están definidos los responsable de la organización para la medición de estos indicadores? ¿Están definidas las fuentes y fórmulas para el cálculo de los indicadores? ¿Están definidas las metas de los indicadores y su periodicidad? ¿Existen indicadores de número de personas capacitadas en seguridad vial, número de accidentes de tránsito, mantenimiento preventivo…?

Comportamiento humano
Procedimiento de selección de conductores. ¿Está definido el perfil del conductor en función del tipo de vehículo que va a conducir? ¿Está documentado el procedimiento de selección de los conductores?

Pruebas de ingreso de conductores. ¿Está documentado y se han fijado criterios para la realización de los exámenes médicos, psicosensométricos, teóricos, prácticos y pruebas psicotécnicas a los conductores? ¿Las entidades o personas naturales que van a realizar estas pruebas cuenta con idoneidad?

Pruebas de control preventivo de conductores. ¿Se ha definido la frecuencia de la realización de las pruebas de control a los conductores: pruebas médicas, pruebas psicosensométricas, pruebas teóricas y pruebas prácticas?

Capacitación en seguridad vial. ¿Existe un programa documentado de capacitación en seguridad vial? ¿Existe un cronograma de formación para conductores y personal de la organización? ¿Está definido el responsable? ¿Incluye temas de normatividad, sensibilización en los diferentes roles del factor humano, cómo actuar frente a accidentes de tránsito, etc.? ¿El programa tiene incluidos temas para conductores nuevos y conductores antiguos?
Control de documentación de conductores. ¿La empresa documenta y registra un mínimo de información de cada uno de los conductores? ¿Existe un protocolo de control de la documentación? ¿Se ha definido la frecuencia de verificación de infracciones de tránsito por parte de los conductores? ¿Se cuenta con el registro de infracciones a las normas de tránsito? ¿Se ha establecido un procedimiento en caso de existir comparendos por parte de los conductores propios?

Políticas de regulación de la empresa. ¿Se han definido protocolos y controles de alcohol y drogas, así como los responsables para realizar estas pruebas, los procedimientos, la periodicidad, etc.? ¿Existe una política documentada para la regulación y el control de horas máximas de conducción y de descanso? ¿La empresa promueve y establece las políticas de aplicación de los límites de velocidad? ¿Es manifiesta la obligatoriedad del uso de cinturones de seguridad y está controlada?

Vehículos seguros
Mantenimiento preventivo. ¿La empresa dispone de información de las especificaciones técnicas del vehículo, datos del propietario, etc.?
Mantenimiento correctivo. ¿Se llevan registros de los mantenimientos realizados a los vehículos? ¿Se cuenta con instalaciones propias y personas idóneo en la empresa o se tiene un contrato con un centro mecánico para ello?

Chequeo operacional. ¿Se han establecido protocolos y formatos de inspección diaria a los vehículos?

Infraestructura segura
Rutas internas. ¿Existe un plano de las vías internas con la descripción de la revisión? ¿Las zonas peatonales de las instalaciones están señalizadas, iluminadas, separadas de las zonas de circulación de los vehículos? ¿Los parqueaderos internos están señalizados, demarcados, iluminados? ¿La empresa tiene definida una política para el mantenimiento de las vías internas y su señalización?

Rutas externas. ¿Se ha realizado un estudio de rutas, desde el punto de vista de seguridad vial, en el que se hayan identificado los puntos críticos y establecido las estrategias de prevención frente a los mismos? ¿Se planifica el desplazamiento del personal, con horarios definidos de llegada y salida en la empresa y las jornadas de trabajo? ¿Se hace un monitoreo y retroalimentación en los comportamientos viales?

Atención a víctimas
Atención a víctimas. ¿Existen protocolos de atención a víctimas en caso de accidentes de tránsito? ¿Los empleados conocen estos protocolos?
Investigación de accidentes de tránsito. ¿Existen registros sobre los accidentes de tránsito que ha tenido la empresa? ¿Se ha hecho divulgación de las lecciones aprendidas de los accidentes de tránsito ocurrido? ¿Se ha definido un procedimiento para la investigación de accidentes de tránsito?